Ciertamente hay tres poderes, por el momento y desde 1748, en el Estado moderno y especialmente demo liberal. Lo hemos repetido reiteradamente que, desde el libro de Jean Louis de Secondat Señor de La Brède y Barón de Montesquieu, "L'esprit des lois" publicado en la fecha que indicamos mas arriba, está recogido y muy bien refrendado en la Constitución española de 1978, mas concretamente Ratificada por el pueblo español en Referéndum de 8 de diciembre de 1978 y Sancionada por S.M. el Rey ante las Cortes el 27 de diciembre de 1978 y no el 28, por que Don Juan Carlos, no quería que la llamaran la "inocente" o la "inocentada", si la Sancionaba el 28, como ocurrió con la Constitución de 1808, una de las mas progresistas y perfectas de España, del 19 de marzo - día de San José - que todos llamamos "la Pepa".
Pero con todo y con eso, de lo que queremos escribir hoy es del controvertido, en estos momentos, CGPJ, Consejo General del Poder Judicial o sencillamente el Poder Judicial, como Montesquieu los elaboró juntos y por orden: el Legislativo, el Judicial y el Ejecutivo (el último, aunque siempre quiere ser el 1º).
De todos modos, el tema está minuciosa y ampliamente recogido en la Constitución del 78 en el Título VI, del Poder Judicial y especialmente en los números 2º del Art. 122, muy exactamente cuando dice "El CGPJ es el órgano de gobierno del mismo" y en el número 3º al señalar "El CGPJ estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de y todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica, cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con mas de quince años de ejercicio en su profesión" (el subrayado es mío).
Creo que queda absolutamente claro que es el Poder (de los 3) en donde no debe aparecer ni por el forro la política, (con independencia de las creencias de cualquier humano) o mas bien de los Partidos políticos, que configuran tanto el Poder Legislativo (Congreso de los Diputados y el Senado) y el Poder Ejecutivo, dado que el Gobierno se constituirá, con mayorías, alianzas y/o coaliciones, según los resultados de las Elecciones generales....o de las "Mociones de censura".
¿Tengo razón o no?
Pues en ese caso, el único Poder que debe estar totalmente des-politízado es el Poder Judicial, al menos en sus nombramientos.
Pero no podemos dejar de citar la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1º de julio de 1985, con 642 Artículos dispositivos, 22 Adicionales, 42 Transitorios, 1 de Derogación y 2 Finales. Pero de esta detallada elaboración, solo queremos citar tres Artículos, para confirmar lo que venimos diciendo sobre la Independencia del Poder Judicial, en sus Nombramientos y en sus Sentencias, que son, aparte otros muchos, el 1º en el que se afirma la Independencia del Poder Judicial; el 5º en el que se reitera a la Constitución que vincula a todos los Jueces y Magistrados; y el 13º (textualmente): Todos están obligados a respetar la independencia de los Jueces y Magistrados.
Y por hoy ya no digo mas, lo dice la Ley Orgánica del Poder Judicial, como hemos, someramente visto.
¿Alguna duda?
Imagen aún mas explicativa:
Una Sentencia del Poder Judicial, a todos sus niveles, siempre ¡¡¡ I-n-d-e-p-e-n-d-i-e-n-t-e-s !!!